Las posibles sanciones que enfrentan funcionarios públicos por el caso Licencias Médicas 

descarga (24)

Por Francisca Lobos

En conversación con Radio Guayacán, el profesor de Derecho Administrativo de la Universidad de Talca, Gabriel Celis Danzinger, explicó la vía administrativa y legal que deberán seguir los funcionarios del sistema público involucrados en el caso de licencias médicas. 

A inicios de este año, la Contraloría General de la República, lanzó una nueva herramienta de fiscalización, un “Consolidado de información Circularizada (CIC)” que tiene como objetivo facilitar a Contraloría el cruce de antecedentes para la determinación de cifras y resultados según el objetivo a investigar. 

En la información entregada por el CIC se indicaba que entre 2023 y 2024 más de 25 mil funcionarios públicos habrían salido del país estando con licencia médica, el documento entregado por Contraloría señala que se emitieron 35.585 licencias médicas para dichos trabajadores, y que las salidas y entradas al país se concentraron principalmente entre los meses de septiembre y diciembre. 

Según la encuesta Cadem, publicada el 01 de junio del presente año, el 94% de los encuestados piensa que los funcionarios que viajaron usando licencias médicas deberían devolver los dineros, el 81% piensa que deberían tener prohibición de volver a ejercer cargos públicos y el 80% piensa que los 25 mil funcionarios deberían ser demandados penalmente. 

Por instrucción del Ministerio de Hacienda se deberán realizar todos los sumarios administrativos correspondientes, pero ¿qué es lo que corresponde en términos legales?, ¿que es un sumario administrativo?

Los estatutos administrativos son el órgano que tienen los funcionarios públicos y que es equivalente al código del trabajo del sector privado. Sobre esto, Gabriel Celis aclaró: “En el sector privado se puede terminar, según ciertos términos y condiciones, los contratos, pero en en el caso de los funcionarios públicos, existe un tema de nombramiento, la persona tiene una vinculación funcionaria con el Estado, en una relación que es unilateral y en la que el Estado te nombra, designa o contrata y, por lo mismo, la desvinculación es distinta”. 

En el caso del sector público, no es simple terminar el contrato, existe todo un proceso al que se le llama comúnmente sumario administrativo que es procedimiento general que más para sancionar, es para verificar un incumplimiento y eventualmente sancionar y que según Celis, consiste en que “a un funcionario se le investiga una infracción a través de una denuncia, lo que conlleva a una investigación que determina si la denuncia es correcta o no, se le toma declaración al funcionario, lo acompañan medios de prueba y se le formulan cargos a la persona. Luego de esto, se le da un plazo para que el denunciado conteste a los cargos, y posterior a eso, el fiscal decide si procede o no a proponer una sanción o a cerrar el caso”. 

En el caso de que el fiscal proponga una sanción, se debe hacer una lista fiscal y enviarse a la autoridad correspondiente para que esta defina si el funcionario continúa o no en su cargo, y ahí recién se aplica alguna de las siguientes sanciones:

  • Notación en la hoja de vida, le bajan las calificaciones y se le comunica a la contraloría, esto puede llegar a impedir postular a algún concurso de fondos públicos. 
  • Pago de una multa 
  • Suspensión 
  • Destitución del funcionario con un impedimento de 5 años de volver a trabajar en administración pública. 

Sobre este último punto, Gabriel Celis, mencionó “cabe destacar que los 5 años fuera de la administración pública son el estándar pero existen otras leyes específicas y/o especiales que pueden elevar esta sanción hasta incluso 10 o 15 años”. 

¿Qué pasa si un funcionario renuncia después de que se inicie el sumario en su contra?

“En la mayoría de los casos la prescripción de la sanción puede llegar a demorar 4 años, es bastante tiempo, y puede conllevar mucho más tiempo si se realiza alguna interrupción o suspensión, en palabras no técnicas son de 4 a 6 años que una sanción que no se ha aplicado se puede exigir, si a mí como funcionario me inician un sumario y renunció, el sumario continua, no puede detenerse, y eso es lo importante”, señaló Celis. 

Una vez abierto el sumario, si se presenta la renuncia, este debe continuar su proceso, y en el caso de migrar a trabajar en otro servicio, una vez que la sanción de inhabilidad llegue, se les notifica y deberán dejar el nuevo servicio público en que se encuentran. 

El funcionario que está debajo de los más altos estamentos, puede ocupar una figura legal que es renunciar antes de que comience el sumario para evitar la inhabilitación y aunque esto se considera poco ético, es legal. 

Ante esto, Celis agregó que “la renuncia lleva una aceptación, no basta como en el sector privado que si presenté mi renuncia de forma correcta, al día siguiente no estoy obligado a trabajar, en el sector público me la tienen que aceptar pero la ley tampoco está armada para retener las renuncias”. 

En cuanto a la desvinculación de los cargos de exclusiva confianza, o sea los más altos estamentos, se les pide la renuncia  y si en 48 horas no la presentan, se les declara vacante el cargo. 

Gabriel Celis, destacó que quienes están encargados de fiscalizar el mal uso de las licencias médicas son Compin y la SUSESO y ambos organismos son los encargados de determinar las multas. Mientras que en el caso penal, “si se descubre que se otorgó un licencia constatadamente falsa, o mucho peor, que se alteró el documento, se abre una investigación en un proceso paralelo legal que es independiente y que no está conectado con el sumario” 

Para finalizar, Celis añadió que “es factible que se devuelva el dinero de los sueldos que se pagaron durante estas licencias, ya que el organismo previsional está solventando esa cantidad, significando tambien un daño al Estado, ya que hay que suplir esa ausencia y todo eso tiene un costo adicional, es gravísimo y por supuesto que se puede recuperar”. 

Compartir en:
dominga-banner-728x90