Conozca las medidas especiales para adelantar devolución de impuestos en Operación Renta 2020 Conozca las medidas especiales para adelantar devolución de impuestos en Operación Renta 2020
Con el fin de reforzar las medidas del Gobierno que van en apoyo de las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes), así como de... Conozca las medidas especiales para adelantar devolución de impuestos en Operación Renta 2020

Con el fin de reforzar las medidas del Gobierno que van en apoyo de las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes), así como de los trabajadores independientes que están sufriendo los embates de la crisis sanitaria que vive el país, la Tesorería General de la República (TGR), junto con el Servicio de Impuestos Internos (SII), hicieron un llamado a los contribuyentes para que entreguen su declaración anual de impuestos entre el 1 y el 10 de abril, y al mismo tiempo elijan la opción de pago de sus excedentes mediante un depósito bancario en línea.

“Si estos contribuyentes realizan su declaración dentro del plazo indicado y eligen la opción de depósito en una cuenta bancaria, tendrán su devolución el 21 de abril próximo”, precisó la Tesorera General de la República, Ximena Hernández. Agregó que el Servicio a su cargo ha hecho un esfuerzo excepcional para ajustar el procedimiento a este plazo acotado de devolución de impuestos, “como una forma de acompañar a los contribuyentes en medio de las difíciles circunstancias que enfrentamos como país”.

Por su parte, el Director del SII, Fernando Barraza, señaló que el compromiso de este organismo es reforzar el acompañamiento virtual a los contribuyentes, “poniendo a disposición de la ciudadanía en su sitio web toda la información y orientación que requieran para que puedan cumplir adecuadamente con su declaración de renta en forma remota desde la seguridad de sus hogares”.
Mediante una exposición virtual, realizada el 30 de marzo a través de medios remotos, tanto la Tesorera Hernández como el Director del SII entregaron los detalles de la Operación Renta 2020, que en esta oportunidad espera cubrir a 3,8 millones de contribuyentes, de los cuales 2,7 millones son personas naturales y 1,1 millón son personas jurídicas. A su vez, se estima que, del total de contribuyentes, 3,2 millones harán su declaración tomando como referencia la propuesta disponible en línea, en el sitio del SII. Éstas ya están disponibles en este sitio y a partir del miércoles 1 de abril, los contribuyentes pueden revisarla y, si, están de acuerdo, validarla en el sistema.

La plataforma en línea también dispone de una opción personalizada (por contribuyente) para la presentación de las declaraciones juradas y a la fecha ya se han recibido 1.511.766 declaraciones.

Otra de las novedades de esta Operación Renta es que las Mipymes que tengan que pagar impuesto (en vez de recibir devolución), se les amplía el plazo hasta el 31 de julio, evitando con ello que tengan que efectuar el proceso al momento en que realizan su declaración.

La Tesorera Ximena Hernández subrayó que los plazos para la devolución de impuestos dependen de la fecha en que el contribuyente realice la declaración y el medio que seleccione para recibirla. Así, por ejemplo, los contribuyentes que no sean Mipymes ni trabajadores independientes y que realicen su declaración hasta el 23 de abril y elijan depósito bancario, podrán recibir su devolución el 13 de mayo.

Las tablas que se muestran a continuación contienen los plazos para recibir las devoluciones.
Contribuyentes Mipymes y trabajadores independientes:

Fecha declaración Devolución por depósito Devolución por cheque

1 a 10 de abril 21-04-2020 24-04-2020
11 a 19 de abril 29-04-2020 04-05-2020
20 a 23 de abril 13-05-2020 29-05-2020
24 a 29 de abril 18-05-2020 29-05-2020
30 de abril al 8 de mayo 25-05-2020 29-05-2020

Otros contribuyentes:

Fecha declaración Devolución de depósito Devolución por cheque
1 a 23 de abril 13-05-2020 29-05-2020
24 a 29 de abril 18-05-2020 29-05-2020
30 de abril al 8 de mayo 25-05-2020 29-05-2020

TRABAJADORES INDEPENDIENTES

El subsecretario de Previsión Social, Pedro Pizarro, explicó que más de 500 mil trabajadores a honorarios tienen la obligación de pagar sus cotizaciones previsionales y de salud, con cargo a su devolución de impuestos.

“Esto les permitirá tener acceso al seguro de invalidez y sobrevivencia, a la cobertura contra accidentes laborales y enfermedades profesionales, derecho a cuidar a los hijos en el marco de la Ley Sanna, prestaciones de salud, licencia médica y subsidios asociados, derecho a asignaciones familiares, y derecho a pensiones”, explicó Pizarro.

Añadió que la Ley de Honorarios contempla la gradualidad para estos pagos. Así, en esta oportunidad dijo que se contempla que los trabajadores a honorarios puedan optar a una cobertura total, entre julio de 2020 y junio de 2021, para lo cual su cotización se calculará sobre el 100% de su base imponible, o a una cobertura parcial, por lo que este cálculo se realizará sobre el 17%, con una menor cobertura de salud.

Viernes 19 de Abril de 2024
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