¿Cuáles artículos de la comisión de justicia fueron aprobados y rechazados en general por el Pleno de la Convención? ¿Cuáles artículos de la comisión de justicia fueron aprobados y rechazados en general por el Pleno de la Convención?
El Pleno de la Convención Constitucional aprobó en general 14 de los 16 artículos presentados en el informe de la Comisión de Justicia. ¿Qué... ¿Cuáles artículos de la comisión de justicia fueron aprobados y rechazados en general por el Pleno de la Convención?

El Pleno de la Convención Constitucional aprobó en general 14 de los 16 artículos presentados en el informe de la Comisión de Justicia.
¿Qué pasará con los que fueron aprobados?
Serán votados mañana jueves 17 de febrero en particular, requiriendo un quórum de 2/3 del Pleno.
Aquellos que fueron rechazados, volverán a su comisión respectiva para recibir indicaciones y volver a ser votados en general.

Aquí el detalle de cada artículo presentado en el informe de la Comisión de Justicia y votado por el Pleno de la Convención Constitucional, la noche del martes 15 de febrero:

✅ 1. La función jurisdiccional: los sistemas de justicia actuarán bajo un debido proceso y conforme a la ley. Esta se ejerce exclusivamente por los tribunales de justicia y órganos o autoridades indígenas. Se respetarán y promoverán los DDHH y de la naturaleza.

✅ 2. Pluralismo jurídico: el Sistema Nacional de Justicia coexistirá con los Sistemas Jurídicos Indígenas. Esto pone al día a Chile con las normas del Convenio 169 de la OIT y el derecho internacional. Además, reconoce la diversidad y derecho propio de los pueblos.

✅ 3. Independencia jurisdiccional, imparcialidad y exclusividad: las juezas y jueces serán independientes entre sí y de cualquier otro poder. No podrán desempeñar otras funciones (solo académicas) ni militar en partidos políticos.

❌ 4. Inamovilidad: solo el Consejo de la Justicia podrá suspender, trasladar o remover a juezas/ces. Dejarán el cargo a los 70 años de edad, al terminar su periodo, por renuncia o incapacidad legal. La independencia de juezas/ces es importante, pero cargos no pueden ser a perpetuidad.

✅ 5. Derecho de acceso a la justicia: será deber del Estado quitar todos los obstáculos que puedan impedir o limitar el acceso y ejercicio de este derecho. Por primera vez en la historia de nuestro país se garantizará este derecho.

✅ 6. Tutela jurisdiccional efectiva: todas las personas tendrán derecho a que sus intereses sean defendidos y ser acompañadas en el proceso.

✅ 7.  Inexcusabilidad e indelegabilidad: tribunales y órganos no podrán excusarse de ejercer su función en un tiempo razonable ni delegar función.

❌ 8. Ejecución de las resoluciones: tribunales y órganos podrán dar órdenes o instrucciones a la fuerza pública, autoridad o persona para ejecutar sus resoluciones. 

✅ 9. Fundamentación y lenguaje claro: todas las sentencias deberán ser fundamentadas y redactadas en lenguaje claro e inclusivo.

✅ 10. Gratuidad: el acceso a la justicia será gratuito y la ley no podrá establecer arbitrajes forzosos.

✅ 11. Principio de responsabilidad jurisdiccional: las juezas/ces serán los responsables por delitos de cohecho, falta de observancia en materia sustancial de las leyes que reglan el procedimiento, y de toda prevaricación, denegación o torcida administración de justicia.

✅12. Publicidad, Probidad y Transparencia: todas las etapas serán públicas, excepto las que la ley establezca su reserva o pueda significar un peligro grave para las personas. En los procesos en que participen niñas, niños y adolescentes se resguardará su identidad.

✅13. Principio de Justicia Abierta: la justicia se realizará con transparencia, participación y colaboración para garantizar el Estado de Derecho.

✅ 14. Paridad y perspectiva de género: el sistema de justicia se regirá por principios de paridad y perspectiva de género.

✅ 15. Plurinacionalidad, pluralismo jurídico e interculturalidad: Los sistemas de justicia trabajarán conforme a estos principios.

✅  16. Mecanismos Colaborativos de Resolución de Conflictos: el Estado deberá promover otras formas de resolver conflictos y que estas sean con diálogo y una participación activa entre las partes.

Jueves 28 de Marzo de 2024
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