Una familia de Monte Patria decidió recurrir al Poder Judicial, una vez que haciendo todo lo administrativo establecido en la legislación, y habiendo operado correctamente el aparato público, el daño a su salud, la de sus animales y huertos, seguía viéndose amenazado por el accionar de la empresa agrícola vecina.
Dos adultos mayores de la comuna de Monte Patria ingresaron un recurso de protección a la Corte de Apelaciones de la Serena, en enero de 2023, en abril se realizaron los alegatos, y la Corte falló con mucha celeridad el 17 de abril, rechazando la petición de los vecinos, por considerar que la institucionalidad poseía otras vías para cautelar los derecho a la salud, a la propiedad y a un medio ambiente libre de contaminación, que se reclamaban.
Sin embargo, la familia no lo considera así, durante dos años han recurrido a las vías existentes en la institucionalidad, han demostrado intoxicación en cuatro oportunidades, coincidentes con lo aplicación de productos en el predio de la empresa Carsal, que se encuentra a metros de su propiedad; de hecho tuvieron que abandonar su casa habitación cada vez que les avisaban que habría aplicación de venenos en el parrón, porque el diseño institucional no posibilita terminar de manera oportuna, con prácticas agrícolas lesivas para la salud de la población circundante.
La empresa Carsal, Carvajal y Salinas, en el juicio alegó que los hechos eran falsos, extemporáneos, que los predios no colindaban, aprovechando que la numeración de los mismos no era correlativa; sin embargo, todos los documentos presentados en el juicio, acreditan la colindancia.
Es decir, jamás demostró que no estaba usando venenos, o que los productos no afectaban la salud, o que estuviera cumpliendo con la legislación: no obstante, la Corte de Apelaciones decidió rechazar el recurso de protección porque a nivel administrativo el Estado ya estaba atendiendo la causa.
Aníbal Carmona, hijo de María Isabel Mundaca y Manuel Carmona, titulares del recurso, señala que puede dar fe de que tanto la Seremi de Salud, como el Cesfam de Carén, han hecho lo que la ley establece para estos casos, pero que pese a ello, la salud se sigue viendo afectada.
“Como que da la sensación que la legislación se hizo para cuidar la salud de las inversiones agroindustriales, más que la de la comunidad local y los ecosistemas. Y para nosotros es grave, porque claro, quizás luego de dos, o tres años exponiéndonos, y notificando intoxicaciones en la posta local, puede ser que logremos un sumario que pare las faenas hasta que no transiten a otros modos productivos ¿pero es necesario exponer a mis padres a un parkinson o a mí a la infertilidad o daño genético o al cáncer, para que eso ocurra?”, dijo Carmona.
Por su parte María Isabel señala que por mucho tiempo ella vivió en Ovalle, y que ahora, solo una vez jubilada, regresó para disfrutar de la tranquilidad y la buena vida del campo, y se encontraron que vivir en el territorio no es lo mismo que venir de visita.
“La situación es realmente impensada, no podemos estar en nuestra casa porque la empresa que se instaló al lado tiene que usar venenos para producir uva que se irá a China, y esto se viene repitiendo por décadas, y nosotros no le habíamos tomado el peso hasta que nos tocó vivir lo que eso significa”, detalló Mundaca.
“Nosotros por suerte estamos jubilados, no dependemos del trabajo de la agrícola, y podemos levantar la voz, pero qué pasa con las familias que llevan años viviendo esto, todos los casos de enfermedades nuevas que se han naturalizado… para nosotros es urgente que se tome conciencia de que hoy no hay manera oportuna de salvaguardar la salud de la personas frente a las malas prácticas de algunas empresas agrícolas”, agregó la mujer.
La apelación presentada a la Corte Suprema el lunes 24 de abril, espera que el máximo tribunal entienda que los derechos vulnerados no tienen actualmente una vía distinta al recurso de protección para ser realmente amparados.
De hecho, lo que piden en el libelo, es que aquellas industrias agrícolas que requieren aplicar masiva y reiteradamente veneno para su producción no puedan emplazarse en colindancia con lugares poblados y que para cautelar que los impactos de los venenos usados no recaiga sobre los vecinos, estas faenas ingresen previamente al sistema de evaluación de impacto ambiental.