Gobierno advierte que revisará constitucionalidad de ley por cobro de servicios básicos

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Luego de la aprobación y despacho de la ley que prohíbe el corte de servicios básicos durante la pandemia, desde el Gobierno insistieron que podría haber una eventual falta a la Constitución respecto a este proyecto. Respecto a las dudas sobre esta ley que fue despachada en el Congreso, la abogada de Dígnitas Asociados, Dr. Carolina Salas, explicó que el Gobierno busca la inconstitucional basándose en el derecho de propiedad privada que tienen estas empresas de servicios básicos, el derecho a la libertad económica y finalmente la autonomía de los grupos privados.

Sobre la posibilidad de poder llevar a adelante esta ley utilizando el decreto de zona de Catástrofe, Salas aclaró que “pese a que estemos en una situación de emergencia, el estado de catástrofe solamente habilita la posibilidad de restringir el derecho de reunión y en el caso del derecho de propiedad, habilita la expropiación, pero en el caso de este proyecto de ley, los autores, porque se inició con moción parlamentaria, dicen expresamente en el mensaje que no se trataría de una expropiación, sino solamente de una restricción o un limite al ejercicio al derecho de propiedad de estas empresas”.

Si el Gobierno decide que este proyecto es inconstitucional, deberá ir al Tribunal Constitucional, por lo que el Presidente de la República tiene cinco días de plazo para solicitar la intervención de dicho tribunal.

Desde el punto de vista de la abogada, a diferencia de otros casos, reconoce que este proyecto de ley es claramente un aporte para ayudar a las personas en el tiempo de pandemia. “La justificación que utilizan los parlamentarios autores, es muy buena, porque es precisamente la función social de la propiedad. A mi juicio, no existe inconstitucionalidad por el hecho de imponer restricciones al derecho de propiedad que tendrían las empresas de servicios básicos, puesto que el Estado -por ley dice la Constitución- pude restringir o limitar la propiedad privada basándose en uno de los antecedences de la función social y ahí se encuentran la salubridad pública precisamente. Además, está el decreto de catástrofe, existen datos y hay fundamentación”.

Agregar a lo anterior, los efectos que va tener la pandemia en la economía nacional, considerando los datos entregados por la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) que indican un inevitable de aumento en los niveles de pobreza en el país. “Desde esa lógica, creo que el proyecto es un aporte, puesto que deja más tranquilas a las personas, es una medida transitoria, lo que no significa que no van a pagar, sino que van a pagar en cuotas con posterioridad y son cuotas prorrateadas en el tiempo, hasta 12, es decir, tampoco es una restricción, no hay una privación al derecho de propiedad y tampoco le están impidiendo a las empresas poder recuperar estas utilidades con el cobro de los servicios básicos”.

Cabe señalar que el proyecto de ley fue aprobado en el Senado por 28 votos a favor y sólo 10 abstenciones, ninguno en contra.

Puedes ver la entrevista desde el minuto 37

https://www.facebook.com/guayacanfmcl/videos/272992373965803/

 

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