Corte de La Serena acoge recurso de amparo contra Gendarmería por traslado de interno a recinto penal de la ciudad

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La Corte de Apelaciones de La Serena acogió el recurso de amparo presentado por interno en prisión preventiva, quien fue trasladado por Gendarmería desde el recinto penitenciario Santiago 1, al Complejo Penitenciario Huachalalume, lo que le impidió presentarse, en tres ocasiones, a la audiencia de procedimiento abreviado programada ante el 15º Juzgado de Garantía de Santiago.

En fallo dividido (causa rol 202-2020), la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Marta Maldonado, Christian Le-Cerf y Caroline Turner– acogió la acción judicial al considerar el procedimiento amenaza la libertad individual del imputado.

“(…) se ha acreditado que el día de la audiencia, esto es, el 15 de junio de 2020, y encontrándose debidamente citados los intervinientes a la audiencia de procedimiento abreviado, donde la presencia del imputado es esencial para la realización de la misma, se torna arbitraria la decisión adoptada por Gendarmería de Chile, al disponer el traslado del imputado justo un día antes de la audiencia ante un Tribunal de Justicia a la cual estaba citado y obligado a comparecer, junto con otros varios imputados a un penal distinto, impidiendo de esta forma la comparecencia de éste a la audiencia ya señalada, encontrándose por ende amenazada su libertad individual desde que si bien no existe certeza de que en aquella se obtenga la libertad del encartado, existía al menos la posibilidad que en ésta, de haberse realizado la audiencia de procedimiento abreviado, hubiese obtenido la libertad, no justificándose debidamente por Gendarmería la premura del traslado respecto de este interno”, sostiene el fallo.

La resolución agrega que: “dicha actuación arbitraria realizada por Gendarmería ha amenazado el derecho a la libertad individual del imputado, infringiendo con ello la garantía constitucional protegida por esta acción”.

“Y teniendo presente que a la fecha la audiencia correspondiente aún no ha sido realizada, toda vez que con fecha 17 y 30 de junio no se llevó afecto las audiencias fijadas para tal fin, señalando la recurrida que los impedimentos tecnológicos han sido superados, corresponde que aquél adopte todas las medidas necesarias para poner a disposición del tribunal respectivo al amparado”, añade.

Por tanto, se resuelve que: “SE ACOGE, sin costas, el recurso de amparo interpuesto en favor de Sanders Rodrigo Castillo Pérez, sólo en cuanto se ordena a Gendarmería de Chile disponer lo pertinente para poner al amparado a disposición del tribunal de garantía respectivo a la brevedad, por los medios tecnológicos que guarden relación con la situación actual, producto de la pandemia”.
Decisión acordada con el voto en contra del ministro Le-Cerf.

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