Caso Tania Morgado de Andacollo: Delito constituiría violación a los DD.HH.

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El Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) se pronunció respecto al homicidio cometido por un Subteniente de Carabineros de Andacollo, Kennet Berngeher Rojas, quien disparó en tres oportunidades a vehículo particular que evadió un control de tránsito.

La Directora Regional del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), Tarcila Piña, señaló que “este delito cabe en una violación a los derechos humanos ya que fue un agente del Estado quien dio muerte a la joven”.

En este contexto, Piña explicó que “cuando Carabineros actúa en nombre del rol que le asignó el Estado y, en ese actuar transgrede la dignidad de las personas, es cuando hablamos de una violación a los derechos humanos; porque es un agente del Estado quien lo ejecutó y no entre particulares”.

Según lo indicado en la sentencia del tribunal, al momento de los hechos, el vehículo policial hizo uso de todos los aparatos sonoros para que las víctimas se detuvieran para el control vehicular. Ellos hicieron caso omiso de esas advertencias y es en ese minuto que, con ambos vehículos en movimiento, el Subteniente decide disparar en dirección de ambas víctimas. El Subteniente percuta tres disparos. El primero da contra el parachoques, el segundo de ellos llega al hombro de José Rivera y el último le da en la cabeza a Tania, lo que finalmente le produjo la muerte.

Además, Piña señaló que, según los antecedentes recabados durante la investigación de estos hechos, ambas víctimas no se encontraban realizando ningún tipo de conducta riesgosa o que amenazara la vida de terceros.

“Al momento de los disparos, ni el conductor del vehículo menor ni sus ocupantes estaban ejecutando un acto directo de ataque a Carabineros ni a terceros; lo que podría haber justificado el uso del arma de fuego en un procedimiento de una fiscalización de tránsito”, informó Piña.

Según lo indicado por Piña, el tribunal acogió por completo la tesis presentada por el INDH como querellante en el caso, en la cual se indicaba que el uso de “la fuerza sólo se permite en causas excepcionalísimas”, las que están indicadas en la circular N° 1756 de Carabineros.

Finalmente, el veredicto dictado por el Tribunal estableció que el día domingo 22 de agosto a las 16 horas se dará lectura de la sentencia en una audiencia encabezada por la Magistrada Jimena Pérez Pinto.

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