Registro de Deudores de Pensiones de Alimentos: ¿Qué pasará con quienes ingresen al listado?

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El sábado 19 de noviembre comienza a regir el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, garantizando el cumplimiento de su pago.

Quienes serán parte de este registro, son los deudores de manera parcial o total de las pensiones por tres meses consecutivos o cinco discontinuos. Estará a cargo del Registro Civil , cuyo acceso será remoto, gratuito e inmediato para cualquier persona que quiera consultar, ya sea el deudor de alimentos o el demandante. También podrán consultar o los representantes legales, los tribunales con competencia en asuntos de familia y las personas o entidades obligadas a consultar el registro.

¿Qué pasará con los deudores?

Las consecuencias de  ser parte del Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos están relacionadas con la retención de devolución de impuestos, retención de remuneraciones, imposibilidad al renovar documentos. En detalle:

  • En el caso de la venta de inmuebles o vehículos, el Conservador de Bienes Raíces o el Registro Civil, respectivamente, podrán inscribir la transferencia, sólo en la medida que se acredite que, con las ganancias de la venta, se pagarán los alimentos adeudados.
  • En la etapa de la devolución de impuestos producto de la Operación Renta, la Tesorería General de la República podrá retener el dinero a las personas deudoras de pensión de alimentos.
  • Las personas deudoras de pensiones de alimentos no podrán renovar sus licencias de conducir ni tampoco sus pasaportes. En algunos casos, deberán acreditar al tribunal la necesidad de tales documentos
  • Cuando alguno de los poderes del Estado realice contrataciones o ascensos, al deudor de la pensión se le retendrá un porcentaje de su sueldo para pagar la deuda.
  • Las personas que están obligadas a efectuar Declaración de Intereses y Patrimonio deberán declarar sus deudas alimenticias.
  • Los solicitantes que postulen a la adopción de un menor, se verificará que no se encuentran inscritas en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos.

Inscribir a alguien en el Registro de Deudores

La inscripción al Registro Nacional de Deudores se hará mensualmente en el tribunal de Familia, que es quien  le ordena al Registro Civil ingresar a quienes tengan deudas de alimentos.

La resolución y liquidación se notifica a las partes interesadas de manera electrónica y es objetadas en un plazo de tres días. En caso de que la persona deudora no pague, será inscrita al registro.

Para salir de este registro, quien debe la pensión tendrá que pagar la totalidad de lo adeudado o suscribir un acuerdo de pago serio. Además de efectuar el monto, tendrá que solicitar al tribunal salir del padrón de deudores.

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