Presidente solicita ampliación de plazo para responder a Corte de Apelaciones por Área Marina Protegida en reserva Humdoldt.

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La Federación de Asociaciones Gremiales de Pescadores, Buzos, Mariscadores y Trabajadores del Mar y la Asociación de Industriales y Armadores Pesqueros de la IV Región, interpusieron un recurso de protección en la Corte de Apelaciones de La Serena para evitar que se haga efectivo el decreto que declara zona protegida de múltiples usos al Archipiélago de Humboldt.

En este recurso señalan como recurridos al Presidente de la República, Gabriel Boric y al Consejo de Ministros para la Sustentabilidad, quienes pidieron ampliación del plazo para responder en solo informe al tribunal de alzada. “Para evacuar el informe solicitado por igual término, considerando la necesidad de recabar antecedentes para la correcta inteligencia y resolución del asunto que ha motivado la presente acción ycoordinar las actuaciones de las diversas autoridades”, indica el documento firmado por el mandatario.

La Corte otorgó ocho dias hábiles al mandatario para que se pronuncie sobre esta materia.

Cabe recordar que en este recurso de protección se indica que el área marina costera protegida de múltiples usos “Archipiélago de Humboldt” corresponde a una superficie aproximada de 221.926 hectáreas, frente a las costas limítrofes de las regiones de Coquimbo y Atacama.

Una vez aprobada está área marina en el Comité de Ministro por la Sustentablidad, el Presidente de la República procedió a emitir el Decreto Supremo N° 31/2023 con fecha 01 de septiembre de 2023 ingresó a Contraloría General de la República, para el respectivo trámite de Toma de Razón con fecha 12 de octubre de 2023, hecho con el cual finaliza por parte de la Administración del Estado una serie de actos, con la finalidad de ejecutar el acuerdo N° 22/2023 del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad, estableciendo el área protegida de la forma ya indicada.

Según se detalla en el recurso de protección en el acuerdo del Consejo de Sustentabilidad “es posible percatarse que están desprovistos tanto de estudios reales y actualizados, como de la participación ciudadana en que se haya involucrado a todos los actores eventualmente afectados por dicho pronunciamiento, ya que resulta de tal gravedad, que esto posteriormente se traducirá en norma que hará efectiva la amenaza denunciada, impidiendo continuar a los recurrentes con sus actividades realizadas hace al menos 30 años en el área, y de esta forma, vulnerando y amenazando vulnerar en forma permanente el derecho a desarrollar cualquier actividad económica y el derecho de propiedad previstos en el artículo 19 N° 21 y 24 de la Constitución Política de la República, sin perjuicio de la amenaza y transgresión que podría ya entenderse respecto del artículo 19 N° 22 de la ya indicada Constitución, dado que esta asegura la no discriminación arbitraria en el trato que deben dar el Estado y sus organismos en materia económica”.

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