El Seremi de Bienes Nacional de la región de Coquimbo, aclaró los términos del permiso temporal de ocupación del terreno fiscal sector Espejo de Agua que fue entregado a la empresa organizadora del festival hasta el 30 de agosto, esto se encuentra regulado en la Ley N°1.939 que establece las normas sobre la adquisición, administración y disposición de bienes del Estado.
Para utilizar un bien fiscal el interesado debe pagar el 8% del avalúo fiscal del terreno, que se calcula dividiendo el monto en los 12 meses del año, en este caso, la empresa deberá pagar $11 millones aproximadamente de forma mensual por utilizar el lugar.
Así lo indicó el Seremi de Bienes Nacionales de la región de Coquimbo, Marcelo Salazar.
“Tiene que ver con el artículo N°69 de la Ley 1.939 que dice que se tiene que cobrar el 8% del avalúo fiscal asociado al pago de las contribuciones, por lo tanto, si la persona quiere arrendar un bien fiscal por menos tiempo se debe prorratear el valor anual a los días o meses que lo quieran ocupar que en este caso es de $11.123.346”.
Finalmente, el Seremi de Bienes Nacionales Marcelo Salazar, precisó el acto administrativo por el cual se cedió el terreno a la empresa organizadora de Fesiluz y el proceso de fiscalización ante el cobro irregular de estacionamiento.
“Tenemos varios actos administrativos para uso de estos bienes fiscales, entre ellos el permiso de ocupación temporal que es lo que se está utilizando en este caso. Nosotros hicimos una fiscalización y constatamos que no cuentan con permiso municipal, por lo tanto, sacaremos un oficio asociado al análisis de esta situación por haber estado cobrando sin contar con el permiso”.