El martes 6 de febrero del 2018, en las cercanías del casino Enjoy Coquimbo, por causas que no fueron aclaradas en la investigación 4 personas abordaron a la víctima, que habría tenido un altercado con los imputados, golpeada hasta provocar su muerte. Se trataba de un turista Claudio Herrera Sepúlveda, de 46 años.
Los detenidos fueron dos hombres y una mujer, identificados por la PDI con las iniciales B.A.S.D, F.S.O.M. y D.E.B.P, todos ellos fueron sentenciados por el homicidio de este turista.
Sin embargo, una mujer de 27 años identificada con las iniciales E.V.N.L., escapó del país siendo una de las imputadas en este crimen.
La policía catalana la detuvo el pasado 6 de julio, a través de un encargo de búsqueda de Interpol, según reveló la PDI en nuestro país. Ahora se inicia el proceso de extradición, el cual ya inició el Ministerio Público según explica el fiscal de Coquimbo, Juan Pablo Aguilera, “había un proceso de extradición ya pendiente desde el año pasado, toda vez que se tenía información que estaba en ese país, faltaba solamente información de policía internacional a través de la policía española y procediera a la detención de ella”, agregando que de llegar a nuestro país “comenzaría un juicio nuevo, habría que formalizar la investigación con la presencia de ella, se dará un plazo de investigación acotado porque las diligencias están acotadas, con el comienzo de un juicio oral al igual que los imputados que ya están sentenciados el día de hoy”.
El persecutor indica que el hecho que la imputada haya huido del país no significa que sea un agravante sobre una eventual pena en su contra. “lo más probable es que sirva como un antecedente serio para fundar la prisión preventiva, el hecho que haya huido del país y sea encontrada en un país extranjero nos da una opción cierta que cuando se presente aquí en Chile podamos justificar ante los tribunales en Coquimbo que ella se fugó y lo más probable que si queda en libertad vuelva a hacerlo”.
Además, conversamos con la abogada María Soledad Salas, directora de la Facultad de Derecho de la Universidad Central de la región de Coquimbo.
La jurista concuerda con el fiscal de Coquimbo, por cuanto el hecho que la mujer haya huido hacia Europa, sólo implicaría un agravante para ratificar su prisión preventiva durante la investigación y el juicio en su contra.
Salas explica que el proceso de extradición requiere de un principio de doble incriminación, por cuanto el mismo hecho en ambos países son constitutivos de delito de carácter penal. “En estricto rigor el huir no está contemplado como una agravante de responsabilidad general contempladas del artículo 12 del Código Penal, hay que tener claro que el comportamiento normal de ser humano es huir, no está configurado como un agravante de responsabilidad penal”.
La abogada especialista manifestó que entre las condiciones que deben existir está un tratado entre ambas naciones para llevar a cabo este proceso, de no existir, existan más alternativas. “de no existir no necesariamente no se va a dar la extradición, porque nos podemos ir a las reglas o los principios del derecho internacional que están impresos en el Código de Bustamante”.
Junto a ello, existen otros requerimientos como que las penas aflictivas en ambos países las penas deben sobrepasar al menos un año.