Fallo condenó a la municipalidad de Paihuano a pagar 20 millones de pesos por daño moral a ex funcionaria Fallo condenó a la municipalidad de Paihuano a pagar 20 millones de pesos por daño moral a ex funcionaria
Una grave vulneración de derechos maternales quedó al descubierto en el municipio de Paihuano, al conocerse el fallo que condena a la casa edilicia... Fallo condenó a la municipalidad de Paihuano a pagar 20 millones de pesos por daño moral a ex funcionaria

Una grave vulneración de derechos maternales quedó al descubierto en el municipio de Paihuano, al conocerse el fallo que condena a la casa edilicia elquina a pagar 20 millones de pesos por daño moral a funcionaria que realizó labores de asistente social en la institución.

En la sentencia del Juzgado de Letras de Vicuña se indica que no se reconoció el derecho a la protección de la maternidad y se negaron derechos irrenunciables, como el descanso previo y posterior al parto, la sala cuna, y fuero maternal y el derecho para alimentar a hijo menor de 2 años.

Al respecto, Rocío Araya abogada representante de Francesca Rojas destacó no sólo que se haya reconocido la relación laboral la asistente social y el municipio de Paihuano, sino también a la inobservancia a la protección de las normas de maternidad.

“En los hechos nuestra representada fue privada de su derecho a pre y post natal y a amamantar a su hijo ocasionando graves daños para ella como para su hijo recién nacido”, dijo la abogada.

“Cabe referir que esperamos que este fallo se mantenga, ya que no se encuentra ejecutoriado a la fecha ya que se mantienen pendientes los recursos de nulidad respectivos”, agregó Rocío Araya.

Radio Guayacán intentó comunicarse con el alcalde de Paihuano, Hernán Ahumada, vía telefónica y mensajes de Whatsapp, pero hasta el momento no ha recibido respuesta para conocer la versión de la casa edilicia respecto a la millonaria indemnización que deberá pagar a una ex funcionaria por esta grave vulneración de derechos irrenunciables.

“Importancia de incorporar perspectiva de género en la denuncia de este tipo de conductas institucionales”

La sentencia del Juzgado de Letras de Vicuña fue redactada por Leyla Velásquez y en él se puede leer “que, en cuanto al daño moral sufrido por la demandada en razón del no reconocimiento de sus derechos a la protección a la maternidad establecidos por la normativa constitucional y legal, e internacionalmente vía tratados internacionales de Derechos Humanos, que además provocó consecuencias adversas para su hijo quien fue privado de un desarrollo tranquilo y sin contratiempos de salud y de la necesaria y natural vinculación con su madre en sus primeros días de vida, culminando en el autodespido, así como dolor, angustia, malestar físico y aflicción por la grave afectación a sus derechos como madre y los de su hijo, cabe señalar que ellos han sido acreditados”.

La resolución agrega que “asentada la existencia del daño moral, cabe determinar el pretium doloris. En este punto, cabe señalar que a juicio de esta sentenciadora, las secuelas psicológicas derivadas de la conducta negligente y discriminadora de las jefaturas de la Ilustre Municipalidad de Paihuano son graves no solo para la madre sino también para el hijo, quien fue privado de su posibilidad de generar el apego y bienestar emocional derivado de una vinculación temprana con la madre”.

“Sin embargo, resulta difícil dimensionar lo que pudo afectar a una madre el tener que dejar en manos de terceros a su hijo solo una semana después de nacido. La falta de proactividad, de empatía, de resguardo del empleador hacia una de las trabajadoras, a la que además se puso en riesgo al no evitar que debiera hacer grandes esfuerzos físicos en estado de gravidez, llegando la actora a requerir hospitalización por pre eclampsia, con el consiguiente riesgo vital para madre e hijo, demuestra claramente que no existió voluntad alguna para evitar el daño, o para repararlo con posterioridad”, agrega el laudo.

La sentencia indica que “en razón de lo anterior y considerando, solo a mayor abundamiento, que es imperativo incorporar la perspectiva de género en la denuncia de este tipo de conductas institucionales, que deben ser erradicadas de todo contexto laboral, y especialmente de aquellos de carácter público y administrativo, en atención a las obligaciones estatales adquiridas por el Estado al suscribir convenios internacionales sobre derechos humanos de las mujeres, se accederá a otorgar el total de lo pedido por concepto de daño moral, esto es, la suma de $20.000.000.”

Finalmente, el fallo de Juzgado de Letras de Vicuña condena a la municipalidad de Paihuano al pago de las siguientes prestaciones e indemnizaciones:

1.- Indemnización sustitutiva del aviso previo, contemplada en el artículo 161 del Código del Trabajo por la suma de $478.261.

2.- Indemnización por años de servicio, conforme con lo dispuesto en el artículo 163 del Código del Trabajo, a la suma de $956.522 correspondiente a dos años de servicio.

3.- Recargo legal del 50%, conforme con el artículo 171 del Código del Trabajo a la suma de $478.261.-

4.- Feriado legal, ascendente a la suma de $478.261 por el periodo entre el siete de enero de 2018 y el siete de enero de 2019

5.- Feriado proporcional, ascendente a la suma $ 318.840, correspondiente a la compensación del feriado proporcional por el tiempo servido entre el día ocho de enero de 2019 y el 23 de septiembre de 2019, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 73 del Código del Trabajo.

6.- Indemnización del daño moral, ascendente a la suma de $20.000.000.

7.- Todo lo anterior con reajustes e intereses, aplicables a todas las remuneraciones, indemnizaciones y prestaciones demandadas, conforme con lo dispuesto en el artículo 173 del Código del Trabajo.

8.- Costas de la causa.

Viernes 29 de Marzo de 2024
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