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Corte de Apelaciones da razón a municipio de Ovalle y rechaza Recurso de Protección en su contra

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Un contundente fallo de la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de La Serena, en la que reconoce el trabajo de municipio de Ovalle en relación a la gestión, que realiza por ordenar el comercio ambulante e ilegal en la ciudad. Esto, luego que locatarios formales del centro de la capital limarina acusaran a la municipalidad de “haber incurrido en omisiones ilegales consistentes en no adoptar medidas concretas y efectivas que impidan la instalación del comercio ambulante en la calle Vicuña Mackenna y Benavente y en la “Feria Las Pulgas” de la población Media Hacienda”. La acusación no tuvo asidero, ya que el departamento jurídico del municipio demostró antecedentes que descartan completamente la acusación

El Recurso de Protección fue interpuesto por el abogado Sergio Cortés Beltrán en representación de Lidia Pizarro, María Isabel Carvajal, Joyería y Relojería Felipe Giovanni Sbraga Gottreux E.I.R.L., de Gonart Modas LTDA, y en favor de Veterinaria Patricio Roco y Compañía Limitada, todos comerciantes de Ovalle.

Desde el municipio, a través de la directora de Asesoría Jurídica del municipio de Ovalle, María Fernanda Rojas, se defendieron y demostraron con antecedentes comprobables las distintas acciones y gestiones, que se han iniciado en la administración del actual alcalde Jonathan Acuña, para eliminar el comercio ambulante de los denominados “toldos azules” acusado por los locatarios.

Una de las acciones jurídicas del municipio fue constatar, mediante fotografías notariales, con fecha “17 de mayo de 2024, siendo las 11:00 horas aproximadamente, y a requerimiento de doña María Fernanda Rojas Pinto, quien solicitó se realizaran una serie de ́ fotografías que evidenciaran, o no, la instalación de comercio ambulante en algunas calles de la ciudad de Ovalle. En esta oportunidad, y en particular para constatar tal situación en relación con las tiendas Joyería Alemana (Calle Vicuña Mackenna N°67) y Joyería Suiza (Calle Vicuña Mackenna N°89), y Paseo Peatonal de Vicuña Mackenna en ese sector. Conforme a dichas imágenes, y frente a dichas tiendas, no resulta posible advertir la instalación del comúnmente denominado “comercio ambulante”.

Respecto a la acusación relacionada a la “Feria de las Pulgas” de la población Media Hacienda, desde el municipio sostuvieron que no es efectivo. En el informe que entregó y alegó ante la Corte de Apelaciones,  la directora jurídica alude que el alcalde Jonathan Acuña desde hace meses atrás está haciendo ̃ ́un plan para ordenar el comercio ambulante consistente en la remodelación de la Plaza  de la población Media Hacienda y por ello instruyó a la Secretaría de Planificación Comunal (SECPLAN) llamar a licitación a fin de comenzar con las obras de remodelación de dicha plaza, lo que conlleva el orden y posterior erradicación del comercio ambulante informal e ilegal. Agregaron desde la municipalidad que también están generando estrategias de reubicación y si están elaborando proyectos de infraestructura, para la habilitación de espacios adecuados para la ubicación de comerciantes ambulantes y por ende generar un comercio establecido en la ciudad.

Para la Corte de Apelaciones de La Serena en su fallo que dio a conocer el pasado 1 de julio la acusación del Recurso de Protección fue rechazada y concluyen que “se desprende que el municipio a través de sus órganos y de acciones conjuntas con otros organismos públicos de la comuna y en coordinación con la seguridad regional y nacional está realizando acciones para ordenar el comercio ambulante existente en la comuna, acciones que no son recientes y que tampoco son de menor envergadura, pues se ha incurrido en gastos a efectos de mejorar la seguridad de espacios y en arriendo de terrenos para el traslado de dicho comercio y que pueda funcionar dentro de la legalidad”.

Asimismo, la Corte de Apelaciones indica que “por lo dicho precedentemente, no es posible sostener que se han visto afectadas las garantías constitucionales que la recurrente reclama, puesto que la municipalidad de Ovalle no ha incurrido en una omisión o actuación arbitraria o ilegal que haya amenazado, perturbado o vulnerado aquellas, por lo que esta acción cautelar deberá ser desestimada, como se dirá. Por estas consideraciones, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección interpuesto”.

Para el alcalde de Ovalle, Jonathan Acuña, este fallo demuestra el trabajo, serio y responsable que está ejecutando su administración en esta materia. “Es una buena noticia porque avala las gestiones importantes que estamos ejecutando en torno a erradicar el comercia ilegal y ambulante. Demostramos con acciones contundentes que la “pega” la estamos haciendo. Lamento que se quiera ensuciar nuestra gestión sin tener los antecedentes claros. Hoy la Corte de Apelaciones ha sido clara en favor al municipio. Eso no quita que seguiremos trabajando en esta materia, porque es un tema complejo que debemos continuar resolviendo”, concluyó.

 

 

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