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Abogado Juan Pablo Corral se refiere a sentencia contra alcalde de Ovalle: "La ley dice que una autoridad no puede celebrar contratos con su cuñada ni con su hermana lo que está acreditado""
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El Tribunal Electoral Regional resolvió remover de su cargo de alcalde a Claudio Rentería por graves faltas administrativas.

La resolución establece que Rentería incurrió en la causal descrita en la letra c) del artículo 60 de la Ley 18.695, esto es contravención grave de las normas sobre probidad administrativa y por notable abandono de sus deberes.

Junto con la remoción del cargo de alcalde, Claudio Rentería quedará inhabilitado para ejercer cualquier cargo público por el lapso de cinco años.

En conversación con Radio Guayacán FM, Juan Pablo Corral, abogado patrocinante del requerimiento de remoción, indicó que “el Tribunal Electoral no es un órgano político, es un órgano jurídico. Dicta sentencias en base a la ley y en base a las pruebas que se están presentado”.

Corral también se refirió a las declaraciones del diputado Juan Fuenzalida quien indicó que la sentencia del TER le parece “extrema respecto a su actuación como alcalde”.

“Ese señor (Fuenzalida) habla desde su ideología política. Él seguramente ni siquiera se leyó la sentencia, probablemente tampoco la estudió”, dijo el abogado.

Juan Pablo Corral agregó que “me extraña que una autoridad desde ya haga un análisis de esas características respecto de la sentencia. No sé que otras sentencias conoce el señor Fuenzalida. No sé que experiencia jurídica puede tener. Hacer un comentario así de sorpresivo, eso es extremo”.

El abogado patrocinante del requerimiento de remoción añadió que “la ley dice que una autoridad no puede celebrar contratos con su cuñada ni con su hermana. Entonces cuando uno escucha a un diputado decir que eso es extremo, yo creo que el diputado no conoce la ley, no se leyó la sentencia o no sabe lo que está hablando”.

 

Puedes escuchar la entrevista completa a continuación: