El imputado que fue formalizado por 2 delitos del los artículos 316 y 318 del Código Penal y será trasladado a cumplir la medida a Huachalalume.
Artículo 316° El que diseminare gérmenes patógenos con el propósito de producir una enfermedad, será penado con presidio mayor en su grado mínimo y multa de veintiuna a treinta unidades tributarias mensuales. alubridad, debidamente publicadas por la autoridad, en tiempo de catástrofe, epidemia o contagio, será penado con presidio menor en su grado mínimo o multa de seis a veinte unidades tributarias mensuales.
Artículo 318° El que pusiere en peligro la salud pública por infracción de las reglas higiénicas o de sRecordar que el acusado, positivo por Covid-19, escapó en 2 ocaciones desde el hospital de La Serena y 6 funcionarios del recinto al intentar detenerlo fueron agredidos y escupidos.
Fuente: @r4noticias