18 y 19 de septiembre son feriados obligatorios e irrenunciables durante estas Fiestas Patrias

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Este viernes 18 y sábado 19 de septiembre son días feriados obligatorios e irrenunciables para los trabajadores dependientes del comercio. Es decir, deberán cerrar, excepto si son locales atendidos por sus propios o aquellos rubros relacionados a restaurantes, siempre cuando estén en comuna que estén en fase 3 del Plan “Paso a Paso”.

Este periodo de descanso se extiende entre las 21:00 horas del día jueves 17 de septiembre, finalizando a las 06:00 horas del día domingo 20 de septiembre.

La Ley Nº 20.215, que modifica las normas relativas a los trabajadores dependientes del comercio en los períodos de fiestas patrias, navidad y otras actividades, establece las siguientes multas a beneficio fiscal por infracción de sus normas: Menos de 50 trabajadores, multa de 5 UTM por cada trabajador afectado; 50 a 199 trabajadores, multa 10 UTM por cada trabajador afectado; 200 o más trabajadores: multa 20 UTM por cada trabajador afectado.

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