“Carece de fundamento y amerita su rechazo”, alcalde de La Serena presenta descargos al Tribunal Electoral donde cuatro concejales pidieron su destitución por deuda previsional

Jacob

Lea el informe con descargos del alcalde aquí.

El 23 de mayo el alcalde de La Serena, Roberto Jacob presentó sus descargos al Tribunal Electoral Regional donde fue denunciado por cuatro concejales, quienes pidieron su destitución por notable abandono de deberes por no pagar las cotizaciones profesionales de funcionarios de la educación de la Corporación Gabriel González Videla.

Según los cuatro concejales, Daniela Molina, Rayén Pojomovsky, Camilo Araya y Daniel Palominos, la deuda previsional se arrastra desde el 2016 y supera los 13.000 millones de pesos.

El abogado representante, Ricardo Sacaan, dijo que investigaciones de la Superintendencia de Educación y la Contraloría regional determinaron que Jacob “ha incurrido en determinados incumplimientos de sus deberes en la declaración y pago de las cotizaciones previsionales de los trabajadores de la educación y la salud de la corporación municipal”.

También indicó que el déficit de la corporación es de 500 millones de pesos mensuales, que se duplicaría considerando los reajustes por intereses, multas, costas y gastos de cobranzas, que generaría una deuda mensual de mil millones.
El concejal Camilo Araya además sostuvo que existen “360 procesos judiciales abiertos por demandas de no pago de cotizaciones”. Además, los ediles afirmaron que “la deuda previsional no ha sido informada en las cuentas públicas anteriores”.

RESPUESTA DEL ALCALDE

En la contestación de Jacob de 10 hojas al TER se señala que “los alegatos del requerimiento carecen de fundamento lo que amerita su rechazo, dado que el ejercicio de la acción de remoción del artículo 60 de la Ley NO 18.695, importa sancionar al Alcalde denunciado con una sanción máxima, la remoción, en la especie. De ahí que, el ejercicio de esta acción, por las graves consecuencias que derivan sólo de su ejercicio y, por cierto, de las consecuencias todavía más graves que derivan de la sentencia estimatoria, exige actuar con la mayor prudencia o cautela, con criterio serio, riguroso y restrictivo, que es lo opuesto a lo obrado por los concejales requirentes, quienes, luego de señalar la existencia de una deuda previsional lanzan acusaciones temerarias, y en algunos casos francamente improcedentes, cuya única motivación es crear una apariencia de caos financiero y presupuestario en la Corporación Municipal — además imputable a mi persona-; entidad que, en efecto, me toca presidir, en razón del cargo de Alcalde pero de ello no se deriva, como pretenden los requirentes, una actuación personal que pudiera dar lugar a la remoción”.

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