En un fallo unánime, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena absolvió a dos funcionarios de Carabineros, imputados por delitos presuntamente cometidos durante el estallido social en noviembre de 2019. Los absueltos, el capitán R.E.T.G. y el cabo primero J.E.T.P., enfrentaban cargos por apremios ilegítimos, disparos injustificados y falsificación de instrumento público. Sin embargo, la fiscalía no logró presentar pruebas suficientes para acreditar los ilícitos.
El tribunal, compuesto por las magistradas Ana Marcela Alfaro Cortés, Victoria Gallardo Labraña y Karina Luna Angulo, concluyó que los hechos no configuraban los delitos imputados. Según los antecedentes, el 11 de noviembre de 2019, el capitán R.E.T.G., en funciones de control de orden público, disparó dos proyectiles de munición antidisturbios, uno de los cuales impactó en el ojo de una persona, quien posteriormente perdió la visión. No obstante, el tribunal determinó que el disparo se efectuó a más de 30 metros, lejos de la corta distancia sugerida por la fiscalía, lo que permitió descartar el delito de apremios ilegítimos.
Asimismo, el cabo primero J.E.T.P. fue acusado de falsificar una declaración policial relacionada con los hechos. Sin embargo, la corte determinó que no se pudo probar que la firma en cuestión fuese falsificada por él, y que los hechos consignados en su declaración coincidían con los relatos de los testigos, incluyendo el hermano de la víctima.
La magistrada Gallardo Labraña, vocera del fallo, destacó que no se pudo acreditar abuso de la fuerza por parte de los carabineros. Subrayó que el uso de la fuerza por parte del Estado debe cumplir con ciertos parámetros de racionalidad y legalidad, tanto a nivel reglamentario como en conformidad con los tratados internacionales. Según el tribunal, el capitán R.E.T.G. habría actuado dentro de estos estándares.