EL DIFÍCIL ESCENARIO ADMINISTRATIVO Y JUDICIAL QUE PODRÍA ENFRENTAR DELEGADO VICTOR PINO
La realización de la ficha FIBE por parte del municipio de La Serena a la vivienda del Delegado Presidencial Regional, Víctor Pino, que estuvo vigente por 7 días y que luego habría sido anulado, no es el único problema que rodea esta acción que develó el newsletter “Aquí Coquimbo” de El Mostrador.
De acuerdo al análisis legal que realizó el equipo de investigación de Radio Guayacán, existiría una eventual vulneración del principio de probidad administrativa si el jefe de gabinete utilizó su cargo, recursos institucionales o tiempo de trabajo para gestionar prioritariamente la atención de la cuadra donde vive el delegado Pino.
La ley 18.575 prohíbe usar la posición funcionaria para obtener beneficios para sí o terceros, utilizar recursos públicos con fines ajenos a la institución e intervenir en asuntos donde exista interés personal o familiar.
Por su parte, al existir un interés personal directo (su vivienda y la de su cónyuge), debía abstenerse de intervenir.
Mientras tanto, el jefe de gabinete, Carlos Rodríguez, también podría estar involucrado si utilizó canales, recursos o su posición institucional para favorecer esa gestión.
Además, la ley 19.880 obliga a abstenerse cuando existe interés personal en un asunto. La ley señala expresamente que no abstenerse cuando corresponde puede generar responsabilidad administrativa.
Por lo tanto, el punto central no es solo si hubo o no un beneficio concreto, sino si autoridades o funcionarios utilizaron su posición, recursos o funciones públicas para priorizar una gestión vinculada a un interés personal, sin cumplir con el deber de abstención.
