Condenan a 17 años de cárcel a autor de homicidio consumado y homicidio frustrado en Caleta San Pedro
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena condenó a 17 años de presidio efectivo a un hombre identificado con las iniciales D.A.M.C., tras ser declarado culpable de un homicidio simple consumado y otro homicidio simple frustrado, hechos ocurridos durante la madrugada del 20 de mayo de 2025 en la capital regional.
La sentencia establece además las penas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos y oficios públicos y derechos políticos, así como la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.
De acuerdo con los antecedentes que el tribunal dio por acreditados, el condenado se desplazaba junto a las dos víctimas y otras personas en un vehículo por la caletera poniente de la Ruta 5 Norte. Al llegar al enlace de ingreso a Caleta San Pedro, el automóvil detuvo su marcha y el acusado, quien iba en el asiento del copiloto, giró hacia la parte trasera del vehículo y efectuó múltiples disparos con un arma de fuego.
Como consecuencia del ataque, una de las víctimas recibió 15 impactos balísticos que le provocaron la muerte en el lugar, mientras que una segunda persona sufrió heridas de carácter homicida, logrando sobrevivir por circunstancias ajenas a la voluntad del agresor.
En el fallo, los jueces concluyeron que el acusado utilizó un arma de fuego apta para causar la muerte y disparó reiteradamente a corta distancia dentro del automóvil, configurándose tanto el delito de homicidio consumado como el de homicidio frustrado respecto del segundo ocupante.
El tribunal determinó además absolver al imputado de otros cargos que formaban parte de la acusación, entre ellos un segundo delito de homicidio frustrado, dos delitos de porte ilegal de arma de fuego y dos delitos de porte ilegal de municiones, al considerar que esos hechos no pudieron acreditarse durante el juicio.
Al momento de fijar la pena, los magistrados aplicaron la norma que permite imponer una única sanción cuando un mismo hecho configura más de un delito. Si bien reconocieron la existencia de una circunstancia atenuante de responsabilidad penal, estimaron que la gravedad de los hechos y la magnitud del daño causado justificaban una condena de 17 años de presidio mayor en su grado máximo.
La sentencia también consideró especialmente la extensión del daño provocado, señalando que la víctima fatal tenía solo 27 años y que el ataque puso fin a su vida sin que existiera un motivo aparente para la agresión.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal ordenó la toma de una muestra biológica del condenado para incorporar su huella genética al Registro Nacional de ADN de Condenados, conforme a la legislación vigente.
