JUZGADO DE GARANTÍA DE LA SERENA RECHAZA SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE IMPUTADO POR FRAUDE AL FISCO
El fiscal Ricardo Soto informó que el tribunal acogió los argumentos del Ministerio Público y determinó que la investigación continúa vigente, con diligencias pendientes y antecedentes que deben ser esclarecidos antes de adoptar una resolución definitiva.
El Juzgado de Garantía de La Serena rechazó la solicitud de sobreseimiento definitivo presentada por la defensa de Pablo Bracchitta Krustulovic, imputado por el Ministerio Público como autor del delito de fraude al fisco en la denominada causa Papaya Gate.
La investigación está relacionada con la compraventa de terrenos al Gobierno Regional de Coquimbo para la reposición de los inmuebles pertenecientes a la Corporación Gabriel González Videla de La Serena, operación realizada durante 2019 con recursos públicos.
El fiscal Ricardo Soto explicó que la petición fue analizada durante una extensa audiencia, en la cual la defensa expuso sus argumentos para solicitar el término definitivo del procedimiento respecto del imputado.
El Ministerio Público se opuso a la solicitud, argumentando que no se cumplían los requisitos establecidos en el artículo 250 letra B del Código Procesal Penal, norma que permite decretar el sobreseimiento definitivo cuando aparece claramente establecida la inocencia de una persona imputada.
“Hoy el Juzgado de Garantía de La Serena resolvió rechazar el sobreseimiento definitivo que había sido solicitado por la defensa de don Pablo Bracchitta, uno de los imputados en la denominada causa Papaya Gate”, señaló el persecutor.
De acuerdo con Soto, la Fiscalía sostuvo ante el tribunal que la causa mantiene un plazo de investigación vigente y que todavía existen diligencias pendientes, por lo que no correspondía adoptar una resolución que pusiera término definitivo a la persecución penal.
El fiscal agregó que la investigación fue recientemente reformalizada y que, durante esa instancia, se incorporó a un nuevo imputado y se estableció un plazo adicional de 60 días para desarrollar las diligencias investigativas.
Además, se encuentra pendiente el análisis de comunicaciones por correo electrónico, cuyos alcances y eventual relevancia para establecer la participación del imputado deberán ser determinados durante el desarrollo de la causa.
“A juicio del Ministerio Público, existen antecedentes que dan cuenta de la eventual participación de don Pablo Bracchitta en los hechos por los cuales ha sido formalizado”, afirmó el fiscal Ricardo Soto.
Antecedentes del tribunal
Durante la audiencia, el magistrado Claudio Ayala resolvió rechazar la petición de la defensa al considerar que, en esta etapa del procedimiento, no se encuentra claramente establecida la inocencia del imputado.
En su resolución, el juez explicó que el artículo 250 letra B del Código Procesal Penal exige que la inocencia aparezca acreditada de manera clara e indubitada, por lo que una eventual debilidad de los antecedentes de cargo no resulta suficiente para decretar el sobreseimiento definitivo.
El tribunal tuvo especialmente en consideración que la investigación fue reformalizada en septiembre de 2026, oportunidad en la que también se formalizó a un nuevo imputado y se fijó un plazo de 60 días para el cierre de la investigación, periodo que permanece vigente.
La resolución también abordó el hecho de que durante 2025 no se hubieran decretado medidas cautelares en contra de Bracchitta. Sobre este punto, el magistrado señaló que aquella determinación fue adoptada conforme al estándar jurídico aplicable a las medidas cautelares y tiene un carácter provisional.
Por esta razón, la ausencia de medidas cautelares no equivale a una declaración definitiva de inocencia ni permite establecer que se cumpla la causal invocada por la defensa.
El juez sostuvo además que el hecho de que anteriormente no se hubiesen considerado concurrentes antecedentes suficientes para configurar una presunción fundada de participación tampoco permite concluir que la inocencia se encuentre acreditada, especialmente porque posteriormente la investigación fue reformalizada y se incorporaron nuevos antecedentes.
La resolución establece que la causa continúa vigente, existen diligencias pendientes y persiste una controversia sustancial respecto del conocimiento y la finalidad con que el imputado habría intervenido en la operación investigada.
El fiscal Ricardo Soto precisó que los argumentos de la Fiscalía también fueron respaldados durante la audiencia por el Consejo de Defensa del Estado y por la parte querellante.
“Por lo tanto, el tribunal rechazó la solicitud de sobreseimiento presentada por la defensa. A los argumentos de la Fiscalía adhirieron tanto el Consejo de Defensa del Estado como la parte querellante”, concluyó el persecutor.
Por estos fundamentos, y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 93 letra F, 250 letra B y 340 del Código Procesal Penal, el Juzgado de Garantía de La Serena resolvió rechazar la solicitud de sobreseimiento definitivo presentada por la defensa de Pablo Bracchitta Krustulovic.
La decisión no constituye una declaración de culpabilidad, sino que permite que la investigación continúe hasta que se desarrollen las diligencias pendientes y se esclarezcan los hechos materia de la causa.
